En el período del 2004 a 2006 en España había una
media de 142 presos por 100.00 habitantes (la cuarta más alta de Europa), la
media de Europa era de 124 y en USA 960.
Si tomamos la referencia de una de las más
importantes modificaciones del Código penal (1995), tenemos que desde su
entrada en vigor en 1996, había
una población reclusa de 41.093 y en el año 2007, 67.100, un aumento del 79%.
Sin embargo, como afirmó el Fiscal General del
Estado, en su memoria del año 2011, los delitos apenas subieron, tan solo un
0,7%.
Ante estos datos cabe hacerse la siguiente pregunta
¿Por qué sigue subiendo el número de presos en España?
Las penas han aumentado y se han creado nuevos
delitos. En 1995 se eliminó la redención de penas por trabajo. Durante los años
de burbuja inmobiliaria y sobre todo desde el 2001 la inmigración se disparó,
legal e ilegal; y tal y como dice nuestro código penal, las penas superiores a
6 años se cumplen en España.
Tenemos como trasfondo, una suerte de Estado penal,
desaforado en lo punitivo, que le da al pueblo penas más largas, atemperando
así los casos más mediáticos.
Otro de los ítems que hacen aumentar esta cifra de
penados es el menor uso de la institución de la libertad condicional (Cid 2008),
que se adjudica por medio del sistema de individualización científica;
representa así la última parte de la condena, el cuarto grado. Se otorga con
discrecionalidad por Instituciones Penitenciarias, a tenor de la interpretación
del art.90 del Código penal, que viene a decir que: a) se encuentre el penado
en el tercer grado; b) extinción previa de ¾ partes de la condena; c) buena
conducta y pronóstico favorable de reinserción, constatado mediante informe; d)
Responsabilidad civil derivada del delito satisfecha.
El 25,81% de liberados condicionales en 1996 respecto
a un 11,46% en 2008. Parece que impera el cumplimiento íntegro de la condena y queda desmontada la leyenda urbana de
que “en España entran por una puerta y salen por otra”.
¿Cuánto cuesta un preso al año, preocupa esto al
Estado?
No hay cifras oficiales, el diario “libertad digital”
publicó en 2009 que eran 154,79€ al día. En esta cantidad queda incursos desde
el sueldo de los funcionarios, hasta el mantenimiento de los centros. Recientemente
la generalitat de Catalunya retiró la merienda a los reos y las comidas extras
por celebraciones.
Sin embargo el Estado quiere ir aún más lejos y tras
la reciente Sentencia del TC, éste le deja la puerta abierta a cobrar por el
menú y gastos hospitalarios, descontándolo de aquellos que gocen de alguna
prestación o retribución.
Realmente se ha convertido en un problema económico
el aumento de las penas y la menor aplicación de la libertad condicional.
Otro de los datos a observar en la población reclusa,
es la equiparación del número de presos nacionales e inmigrantes; según datos
del INE, en 2011 había en España 70.472 presos, siendo 24.502 extranjeros.
Para paliar la cifra de presos foráneos, que no deja
de crecer cada año, la UE ha adoptado una serie de directivas para potenciar la
colaboración judicial entre países. En España, estas medidas entraran en los
últimos meses de 2013 y consistirán de manera sucinta en el reconocimiento mutuo de sentencias judiciales;
tal es así que se podrán reclamar a españoles que cumplen condena fuera de
nuestras fronteras, en la actualidad 700, y hacer que los comunitarios, que son
4400, la cumplan en su estado natal. (según cifras del Ministerio de asuntos
Exteriores).
Si el juez de vigilancia de
un Estado pide que un condenado cumpla la pena en su país de
origen, este país tendrá que
aceptarlo. A partir de 2014 la cooperación será obligatoria, no optativa, como
lo es ahora. Los jueces tendrán acceso al historial delictivo de los detenidos
para valorar la reincidencia en todo el terreno de la UE.

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